Control de producción de los hormigones fabricados en central.

El Real Decreto 163/2019 de 22 de marzo, por el que se aprueba la Instrucción Técnica para la realización del control de producción de los hormigones fabricados en central,impone la certificación obligatoria del control de producción en plantas de hormigón, sustituyendo normativas anteriores y alineándose con estándares europeos. Las instalaciones deben superar auditorías bianuales por organismos acreditados, siendo esta certificación esencial para la comercialización, bajo la supervisión activa de la Administración Pública para garantizar la seguridad estructural y prevenir sanciones por suministro irregular.

¿Qué es el certificado de control de producción?

Es el documento emitido por un organismo de control acreditado después de comprobar, mediante una inspección de la central, que el fabricante tiene implantados y aplica los requisitos establecidos en la Instrucción Técnica aprobada por el Real Decreto 163/2019.

La principal novedad introducida por esta norma fue incorporar una verificación externa y periódica del control de producción realizado por el fabricante.

¿Qué aspectos se comprueban?

La inspección verifica, entre otros, los siguientes aspectos:

  • La cualificación y las responsabilidades del personal técnico y de fabricación.
  • El control de los materiales componentes del hormigón y sus condiciones de almacenamiento.
  • El estado y funcionamiento de las instalaciones de dosificación, los equipos de amasado y los medios de transporte.
  • El control y los ensayos del hormigón, la documentación de suministro, los laboratorios utilizados, los registros de producción y la trazabilidad entre materiales, amasadas, albaranes y resultados de ensayo. 

El sistema documental debe permitir relacionar cada suministro con sus registros de carga, la trazabilidad y las materias primas empleadas, los ensayos realizados y los certificados correspondientes.

Inspección, seguimiento y renovación.

La inspección completa debe ser encargada por el titular de la central a un organismo de control acreditado para esta actividad y se realiza, al menos, cada cuatro años.

Dentro de ese periodo, el mismo organismo debe efectuar una visita de seguimiento cada dos años, centrada en comprobar que continúan cumpliéndose los requisitos relativos a las instalaciones y al control del hormigón. Finalizado el ciclo, deberá renovarse el certificado mediante una nueva comprobación. 

Control de producción en Castilla-La Mancha.

La expedición del certificado corresponde a un organismo de control acreditado, sin perjuicio de las comprobaciones que pueda efectuar la Administración competente en materia de industria en el ejercicio de sus funciones de vigilancia y control.

El fabricante puede seleccionar el organismo acreditado que realizará la inspección. Para comprobar qué entidades están acreditadas para esta actividad debe consultarse el buscador de entidades acreditadas de ENAC.

Régimen sancionador

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Real Decreto 163/2019 podrá ser sancionado conforme a la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, sin perjuicio de otras responsabilidades legalmente exigibles.

Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves. La Ley prevé multas de hasta 60.000 euros para las infracciones leves, hasta 6.000.000 de euros para las graves y hasta 100.000.000 de euros para las muy graves. La calificación y la cuantía concreta de la sanción dependerán de la naturaleza del incumplimiento, el riesgo o daño ocasionado, la intencionalidad, la reincidencia y las restantes circunstancias concurrentes.

 

Competencias clave

Las competencias clave de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha respecto al control de producción del hormigón se estructuran en los siguientes cuatro ejes principales:

1. Potestad de Inspección y Vigilancia del Mercado
  • Control de plantas: Inspeccionar de oficio o por denuncia las centrales de hormigón que operan en el territorio para verificar que disponen del certificado en vigor.
  • Control de Organismos de Control (OCA): Supervisar la actuación de las entidades acreditadas que realizan las auditorías bianuales en su ámbito territorial.
2. Tutela de la Seguridad Pública e Industrial
  • Garantía de idoneidad: Velar por que la calidad del hormigón utilizado evite riesgos de colapso o fallos estructurales que pongan en peligro la vida de la ciudadanía.
  • Protección del consumidor: Asegurar que las constructoras, promotoras y usuarios finales adquieran un producto que cumple estrictamente con el Código Estructural vigente.
  • Protección de la libre competencia: Evitar el fraude y la competencia desleal, asegurando que ninguna central opere al margen de la ley sin asumir los costes de los controles de calidad obligatorios.
3. Registro y Gestión Documental
  • Recepción de certificaciones: Actuar como el órgano oficial ante el cual las centrales de hormigón deben presentar y registrar sus certificados de control de producción y sus sucesivas renovaciones bienales.
  • Mantenimiento de censos oficiales: Gestionar y mantener actualizado el registro de plantas autorizadas para operar dentro de la comunidad autónoma.
4. Ejercicio de la Potestad Sancionadora
  • Paralización de actividad: Dictar la suspensión cautelar de la fabricación o del suministro de hormigón en aquellas plantas que no hayan superado la auditoría obligatoria o carezcan de certificación.
  • Apertura de expedientes: Tramitar e imponer sanciones económicas y administrativas a las centrales infractoras y a las direcciones facultativas que acepten materiales no certificados, de acuerdo con la Ley de Industria.

Marco normativo

  • Real Decreto 163/2019, de 22 de marzo: Norma matriz que aprueba la Instrucción Técnica para la realización del control de producción de los hormigones fabricados en central.
  • Código Estructural (Real Decreto 470/2021): Norma estatal que absorbió y sustituyó a la antigua EHE-08 (Instrucción de Hormigón Estructural), fijando las bases actuales para el diseño y recepción del hormigón en las obras.
  • Reglamento (UE) 2024/3110: Establece las reglas armonizadas para comercializar productos de construcción en la Unión Europea, sustituyendo al anterior marco del reglamento 305/2011.